Entrada gratuita para colegiados al Salón BB CONSTRUMAT 2024. Barcelona, del 21 al 23 de mayo
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El Tribunal Supremo ha fijado doctrina sobre la aplicación del nuevo valor de referencia del catastro, y obliga a la Agencia Tributaria, y no al comprador, a justificar debidamente el valor del inmueble.
Acompañamos la sentencia fechada el 23 de enero, en la que la sala de lo contencioso estima en parte el recurso de una empresa contra una sentencia del Tribunal Superior de Justicia de Castilla y León sobre el cálculo realizado para el cálculo del impuesto sobre transmisiones patrimoniales y actos jurídicos documentados.
Lo que ha aclarado el Supremo es si la Administración tiene que justificar la tasación que hace del inmueble, cuando no coincida su cálculo con el valor real del inmueble, debiendo justificar las comprobaciones de valor de los inmuebles que usa para determinar la cuota a pagar en impuestos como transmisiones patrimoniales o sucesiones y donaciones.